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seguro de vehículo

¿ESTÁ TU SEGURO DE VEHÍCULO INSCRITO EN EL FIVA? VIGÍLALO

Imagínate, vas circulando por la carretera y te para la Guardia Civil (no has necesitado mucha imaginación, ¿verdad?). Te piden la documentación. Todo correcto, menos el seguro del vehículo  por más que buscas en la guantera no lo encuentras. No importa,  estás completamente seguro de haberlo renovado, además recuerdas que te han pasado el recibo por la cuenta corriente (y es que los recibos son dolorosos del pagar).

Se lo explicas así al agente, que coge su PDA y te informa que no aparece el seguro en el FIVA y que sintiéndolo mucho tiene que formular la correspondiente denuncia por carecer del seguro obligatorio. ¿Cómo?,  te preguntas (después de fingir que sabes lo que es el FIVA) si yo he pagado la renovación de mi seguro. ¿Puede estar pasándome esto? Pues sí y ahora te explicamos cómo y por supuesto tratamos de ayudarte

Existe un fichero automatizado de datos de carácter personal denominado «Fichero informativo de vehículos asegurados» (FIVA), tiene carácter público y su finalidad es “suministrar la información necesaria para que las personas implicadas en un accidente de circulación puedan averiguar a la mayor brevedad posible las circunstancias relativas a la entidad aseguradora que cubre la responsabilidad civil de cada uno de los vehículos implicados en el accidente y en facilitar el control de la obligación de asegurarse».

Para que este fichero funcione debidamente, las aseguradoras deberán comunicar al Ministerio de Economía, mediante su remisión al Consorcio de Compensación de Seguros, los datos relativos a los vehículos asegurados por ellas.

 

FIVA

 
Es decir, cuando contratas un seguro para tu vehículo la compañía que te asegura tiene obligación de comunicarlo a este archivo FIVA para que se sepa que estás asegurado.

Volvemos a nuestro caso hipotético en el que te ha denunciado la Guardia Civil. Te llega la denuncia por correo y enfadado contactas con la compañía de seguros. Te dicen que  no hay problema «pase usted por nuestras oficinas y le facilitaremos un certificado acreditativo del seguro del vehículo para que lo pueda acompañar a las alegaciones». En cualquiera de los casos, te informan, de forma inmediata harán las gestiones oportunas para que figure el vehículo asegurado en el dicho fichero FIVA (se ve que no lo habían hecho antes). Como no te parece suficiente a esas alegaciones también acompañas una copia del recibo bancario acreditativo del pago.

Nada que hacer, al poco tiempo recibes la resolución sancionadora de 1250 €, porque ibas sin seguro y no se tiene en cuenta la documentación que aportaste. Parece increíble ¿verdad?. Pues es más habitual de lo que parece, en ocasiones, la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente considera que el fichero FIVA goza de presunción de veracidad y que como no aparece tu vehículo inscrito y en consecuencia circulabas sin seguro a estos efectos.

 

Seguro del vehículo de motor

 
La Jefatura Provincial puede entender que los hechos denunciados fueron constatados en el momento de la infracción por Agentes de Autoridad y al consultar con su PDA el archivo FIVA comprobaron que el vehículo carecía del seguro obligatorio y que el alta de comunicación de la compañía de seguros es posterior a la denuncia. Vamos, que has hecho un chanchullo con tu aseguradora para que te de un seguro después de la denuncia.

Hay ocasiones, incluso,  en las que el conductor ha exhibido al agente que le requería la documentación la carta verde o el recibo acreditativo del pago, pero no obstante, ha sido igualmente denunciado en cuanto no aparecía en el fichero en cuestión.

La solución que vamos a darte en un caso tan extremo (y verídico) como el presente implica necesariamente interponer la correspondiente reclamación judicial, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

 

Seguro de vehículo de motor

 
El particular no tiene acceso al FIVA, quienes comunican las altas son las aseguradoras. Son las responsables de cumplimentar esa obligación de alta en este registro de vehículos asegurados, cualquier error informático o cualquier negligencia en la comunicación por parte de la aseguradora no puede causar ningún tipo de perjuicio para el ciudadano.

Si tu compañía aseguradora no ha dado cuenta en su momento de la existencia o renovación de tu seguro del vehículo, no se te puede imputar una conducta consistente en circular sin el mismo por la carretera.

Como insistimos una y otra vez ponte en contacto con tu letrado de confianza (si llegamos a ser nosotros estaremos encantados) para que haga valer tus derechos.

Si crees que esta entrada puede ser de utilidad para alguien no dudes en compartirla.

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